Alquiler temporal · 32 días a 11 meses

Inquilinos que vienen por trabajo,
no por vacaciones.

Profesionales desplazados, relocations corporativas, estudiantes internacionales y pacientes hospitalarios. Estancias medias con ingresos estables, menos rotación que el turístico y sin necesidad de licencia VT. Nosotros hacemos el contrato, la selección y la gestión.

+30%Ingresos vs alquiler tradicional
Sin licencia VTOpera en zonas con moratoria turística
Qué es el alquiler temporal

El punto medio entre
turístico y tradicional.

Una modalidad regulada fuera de la Ley de Arrendamientos Urbanos para estancias de entre 32 días y 11 meses, siempre que el inquilino tenga una causa real y acreditable: trabajo, estudios, tratamiento médico o traslado familiar.

Arrendamiento para uso distinto del de vivienda (art. 3 LAU). Libertad de pactos: tú decides renta, duración y condiciones, sin las limitaciones del alquiler residencial.

No requiere licencia turística — puedes operar en zonas con moratoria VT (centro de Madrid, Ciutat Vella, San Sebastián, Palma, Valencia). Desde 2025 sí requiere NRA y registro SES.HOSPEDAJES. Lo tramitamos nosotros.

Modelo híbrido multi-inquilino: combinamos corporate (3–6 meses), estudiantes con aval (4–10 meses), familias en tránsito (1–3 meses) y estancias por salud (1–4 meses). Esa mezcla acerca los ingresos al turístico manteniendo la seguridad jurídica del arrendamiento por temporada.

En resumen

Una vivienda puede generar más que alquilada todo el año.

  • Renta libre: fijas el precio según mercado — no hay tope del 2%
  • Contratos 1 – 11 meses con flexibilidad para vender o recuperar uso
  • Bajo ratio de impago: inquilino corporate o avalado
  • Menos rotación que el turístico: 3–4 inquilinos al año vs 30+
  • Compatible con otras modalidades: temporal en invierno, turístico en verano
Comparativa

Temporal vs turístico vs tradicional.

Qué significa cada modelo en la práctica — para que decidas con datos reales.

Tradicional (anual) Alquiler temporal Turístico (VT)
Duración5 – 7 años1 día – 11 meses*1 – 30 noches
Licencia VTNo necesariaNo necesariaObligatoria
Limitación 2% anualNoNo
Rotación inquilinosBaja (cada 3 – 5 años)Media (3 – 6 al año)Alta (30+ al año)
Ingresos estimadosReferencia base+25% a +40% sobre base+50% a +120% sobre base
EstabilidadAlta — renta fijaAlta — corporateMedia — estacional
Perfil inquilinoResidente habitualProfesional desplazadoTurista
Recuperas uso en5+ añosMesesInmediato
Seguridad jurídicaMedia – bajaAltaAlta

*La duración mínima varía según la Comunidad Autónoma. En Madrid, la normativa permite alquiler temporal desde 1 día, siempre con causa acreditada (trabajo, estudios, tratamiento médico, traslado familiar).

Qué hacemos por ti

Contrato, captación, gestión.
Todo integral.

No somos una plataforma online que te deja solo con el inquilino. Somos un equipo local que coge tu vivienda, la llena de profesionales y te liquida cada mes.

Contrato blindado

Redactamos el contrato con cláusula de causa temporal acreditable (trabajo, estudios, médico) — imprescindible para que sea legal desde la reforma de 2024.

Selección de inquilino

Verificamos identidad, contrato laboral o carta de empresa, solvencia y referencias. Priorizamos corporate pagados por empresas y estudiantes con aval.

Pricing dinámico mensual

Con Pricelabs ajustamos la renta cada mes según demanda real en tu zona (temporada universitaria, congresos, picos de relocations). No es precio fijo estático.

Captación multi-canal

Publicamos en Spotahome, Flatio, HousingAnywhere, Idealista temporal, Homelike corporativo, y canal propio Tudesvío. Máxima exposición con una sola ficha.

Compliance legal

Tramitamos el NRA y el registro SES Hospedajes, y te entregamos toda la documentación lista para tu declaración fiscal.

Reporte transparente

Portal propietario con ingresos, ocupación e inquilinos en tiempo real. Liquidación mensual puntual y certificados fiscales anuales.

Quién va a vivir en tu piso

Perfiles que aceptamos
(y por qué duermes tranquilo).

Todos pasan por verificación de identidad, solvencia y referencias. Ningún anuncio sin filtro, ninguna estancia sin contrato firmado.

Profesionales desplazados

Consultorías, Big Tech, directivos reubicados. La empresa paga directa — cero riesgo de impago.

Estudiantes Erasmus / postgrado

IE, ESADE, IESE, UCM. Aval familiar o beca universitaria verificada. Estancias de 6-9 meses.

MIR y residentes sanitarios

Médicos, enfermeros y residentes en formación en hospitales públicos y privados. Contrato oficial del centro como justificación.

Opositores y funcionarios en destino

Jueces, fiscales, inspectores y técnicos con resolución oficial de destino provisional. Estancias de 6–11 meses con aval público.

Cómo empezamos

De tu llamada al primer
inquilino en 21 días.

Sin papeleos complicados para ti. Te acompañamos en cada paso.

Estudio de rentabilidad

Analizamos tu zona, tipología y competencia. Te decimos qué renta temporal puedes sacar — con números reales.

Contrato con Bliss

Firmamos gestión (sin permanencia) o renta garantizada. Tú eliges el modelo que más te encaja.

Publicación y NRA

Tramitamos el Número de Registro, equipamos la vivienda si hace falta, fotografía profesional y publicación multi-canal.

Primer inquilino

Filtramos solicitantes, firmamos contrato temporal con causa justificada y depositamos fianza. Tú empiezas a cobrar.

Preguntas frecuentes

Lo que
más nos preguntan.

¿Necesito licencia turística para alquilar temporal?

No. El alquiler temporal se rige por el art. 3 de la LAU (arrendamiento para uso distinto de vivienda) y no requiere licencia turística. Esto es clave si tu vivienda está en una zona con moratoria o prohibición de nuevas VT — por ejemplo el centro de Madrid (Plan Especial de Hospedaje), Ciutat Vella de Barcelona, el casco antiguo de San Sebastián, zonas reguladas de Palma de Mallorca o del centro de Valencia.

Desde enero 2025 sí requiere un Número de Registro de Arrendamientos (NRA) en el Registro de la Propiedad — lo tramitamos nosotros sin coste adicional.

¿Cuánto puedo ganar comparado con un alquiler tradicional?

De media un 25% a 40% más, dependiendo de zona y tipología. La razón: el inquilino temporal paga por la flexibilidad, incluye amueblado y suministros, y la renta no tiene el tope del 2% anual que impone la LAU.

En zonas con alta demanda corporate (Salamanca, Chamberí, Chamartín) la diferencia llega al +60%.

¿Qué pasa si el inquilino no se va cuando termina el contrato?

Al no estar regido por la LAU, no se aplica la prórroga obligatoria. El contrato temporal termina en la fecha pactada y el inquilino debe irse. Si no lo hace, el desalojo es más rápido que en un alquiler tradicional.

Además, al exigir causa temporal justificada (trabajo, estudios…), la propia naturaleza del contrato obliga a que el inquilino termine la estancia.

¿Qué comisión cobráis?

Dos modalidades estándar sobre la facturación: Integral al 17% + IVA (operativa completa) u Online al 10% + IVA (solo canales, pricing y comunicación; tú llevas la operativa). Precio Fijo se estudia caso a caso.

Sin cuotas de alta, sin permanencias, sin letra pequeña.

¿Cómo se declara fiscalmente?

Los ingresos por alquiler temporal se declaran como rendimientos del capital inmobiliario. La reducción del 50% solo aplica al alquiler de vivienda habitual — en temporal se tributa sobre la totalidad, pero también se pueden deducir todos los gastos (comunidad, IBI, reparaciones, comisión de la gestora).

Al final de cada ejercicio te damos el certificado fiscal completo y resumen de gastos. Trabajamos habitualmente con gestorías del propietario.

¿Quieres saber cuánto podrías cobrar en alquiler temporal?

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