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Adquirir la licencia turística en Zamora puede parecer un proceso complejo, pero con la información correcta y una gestión bien organizada, es completamente accesible.

Tanto si estás empezando en el alquiler vacacional como si ya cuentas con una propiedad lista para recibir huéspedes, este artículo te guiará paso a paso por todo lo que necesitas saber para operar dentro del marco legal, asegurarte de cumplir con la normativa vigente y, sobre todo, ofrecer un alojamiento que cumpla con todos los requisitos.

La regulación turística en Castilla y León ha evolucionado para adaptarse al creciente interés por las viviendas de uso turístico, y Zamora no es la excepción.

La obtención de la licencia es un paso crucial para evitar sanciones, generar confianza entre tus inquilinos y acceder a plataformas de alquiler que exigen esta acreditación.

Desde la normativa autonómica hasta los registros locales, pasando por la necesaria aprobación vecinal en algunos casos, te explicamos todo con claridad.

Normativa Actual para la Licencia Turística en Pontevedra

La normativa que regula las viviendas de uso turístico en Zamora se rige principalmente por la legislación de Castilla y León.

La referencia clave es el Decreto 17/2015, que establece los requisitos y procedimientos para inscribir una vivienda en el Registro de Turismo de la comunidad autónoma.

Requisitos Generales

Para ser considerada una vivienda de uso turístico, la propiedad debe cumplir con:

  • Estar amueblada y equipada para uso inmediato.

  • Ofrecerse como alojamiento completo (no por habitaciones).

  • Destinarse a un uso temporal con fines lucrativos.

  • No estar ocupada como residencia habitual del propietario durante la estancia de los huéspedes.

Condiciones Técnicas y Funcionales

La normativa exige una serie de condiciones mínimas en cuanto a:

  • Habitabilidad.

  • Seguridad.

  • Accesibilidad.

  • Suministro de agua, electricidad y ventilación.

También se requiere que la vivienda tenga información visible sobre normas internas, teléfonos de emergencia y una hoja de reclamaciones disponible.

Obligaciones del Propietario

El propietario o gestor debe:

  • Presentar una declaración responsable.

  • Garantizar la disponibilidad permanente del inmueble.

  • Mantener actualizada la información del alojamiento en todos los canales de promoción.

  • Cumplir con las normativas fiscales y de consumo.

1. Aprobación expresa vecinal 

En edificios de propiedad horizontal, donde conviven varios propietarios, la aprobación vecinal puede ser un factor determinante para poder registrar legalmente una vivienda como turística.

¿Es obligatoria la aprobación de la comunidad?

Aunque en Castilla y León no se exige de forma general una autorización de la comunidad de propietarios, algunas normativas locales o estatutos comunitarios pueden establecer restricciones o exigir una notificación formal.

Es común que los estatutos de comunidades más antiguas no contemplen este tipo de actividades, por lo que la consulta legal es altamente recomendable.

Posibles conflictos y cómo prevenirlos

Las principales quejas de los vecinos suelen estar relacionadas con:

  • Ruidos excesivos.

  • Entrada y salida constante de personas.

  • Uso intensivo de zonas comunes.

Para evitar futuros conflictos, es aconsejable:

  • Informar a la comunidad de propietarios antes de iniciar la actividad.

  • Establecer reglas de convivencia claras.

  • Implementar medidas tecnológicas como sensores de ruido o cámaras de seguridad en accesos comunes (cumpliendo la legislación de privacidad).

Es aquí donde contar con una gestión profesional puede marcar la diferencia.

En Bliss Homes, uno de los primeros pasos que seguimos es analizar la normativa comunitaria para anticiparnos a cualquier inconveniente y actuar en consecuencia.

2. Trámites y Permisos Municipales 

Aunque la licencia turística se otorga a nivel autonómico, es obligatorio cumplir con ciertas normativas municipales antes de iniciar la actividad.

Consulta Urbanística

Es recomendable solicitar al ayuntamiento un informe de compatibilidad urbanística que verifique que el uso turístico es viable en la dirección concreta del inmueble. Este paso puede parecer menor, pero omitirlo puede conllevar el rechazo de la licencia.

Licencia de Actividad o Comunicación Previa

Dependiendo del municipio, puede ser necesario presentar una comunicación previa de inicio de actividad o una licencia de actividad específica.

En el caso de Zamora capital, generalmente se acepta una comunicación previa, pero esto debe confirmarse en cada caso particular.

Obligaciones fiscales locales

Además, el ayuntamiento puede requerir:

  • Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).

  • Cumplimiento de ordenanzas fiscales sobre residuos urbanos.

  • Pago de tasas por servicios municipales si aplica.

Todo esto debe hacerse antes o simultáneamente a la declaración responsable ante la Junta de Castilla y León. 

3. Declaración Responsable ante la Comunidad Autónoma 

Este es el trámite clave y obligatorio para obtener la licencia turística en Zamora y legalizar tu vivienda ante la Junta de Castilla y León.

¿Qué es la declaración responsable?

Es un documento firmado por el propietario o gestor del alojamiento donde declara que:

  • Cumple con los requisitos técnicos y funcionales exigidos.

  • La actividad comenzará inmediatamente después de presentarla.

  • Se compromete a mantener estas condiciones en todo momento.

Documentación necesaria

Para presentar la declaración responsable necesitas:

  • DNI/NIE del propietario.

  • Escritura de la vivienda o contrato de arrendamiento.

  • Plano de la vivienda.

  • Certificado de habitabilidad o cédula urbanística.

  • Fotografías de las instalaciones.

  • Justificante del pago de tasas si lo exige el ayuntamiento.

  • Documento que acredite la titularidad y disponibilidad del inmueble.

Este trámite puede realizarse electrónicamente a través del portal de servicios de la Junta de Castilla y León, o presencialmente en las oficinas de atención al ciudadano.

Plazos y coste

Una vez presentada la declaración, la actividad puede iniciarse de inmediato. La inscripción en el registro turístico suele completarse en un plazo de 15 a 30 días.

En Bliss Homes también realizamos esta presentación por ti, nos aseguramos de que toda la documentación esté en orden, y hacemos seguimiento hasta recibir el número de registro oficial.

4. Registro en SES.Hospedajes

Una vez que la vivienda está registrada y operativa, hay una obligación adicional para los propietarios o gestores: reportar los datos de huéspedes a las autoridades de seguridad.

¿Qué es SES.Hospedajes?

SES.Hospedajes es la plataforma del Ministerio del Interior que centraliza los datos de entrada de viajeros en establecimientos turísticos.

Pasos para registrarse

  • Obtener un certificado digital o Cl@ve.
  • Acceder al portal del SES y solicitar el alta del alojamiento.
  • Una vez aprobado, se asigna un código de usuario.
  • Se deben reportar los partes de entrada de cada huésped en un plazo máximo de 24 horas desde su llegada.

¿Qué datos se reportan?

  • Nombre completo.

  • DNI/Pasaporte.

  • Nacionalidad.

  • Fecha de entrada y salida.

¿Es obligatorio?

Sí. El incumplimiento de esta obligación puede acarrear sanciones por parte de la Policía Nacional o Guardia Civil.

¿Necesitas ayuda con la aprobación de los vecinos, la declaración responsable o cualquier otro trámite?

En Bliss Homes, nos encargamos de todo el proceso, para que puedas alquilar tu vivienda con total tranquilidad y 100% legalidad. Contacta con nosotros y da el primer paso hacia tu alquiler vacacional en regla y una gestión integral.