El auge del alquiler vacacional ha transformado la forma en que entendemos el turismo urbano. En ciudades con encanto histórico como Cuenca, cada vez más propietarios deciden alquilar sus viviendas a corto plazo para visitantes.
Pero para hacerlo dentro del marco legal, es imprescindible cumplir con ciertos requisitos, trámites y registros. Obtener la licencia turística no solo garantiza el cumplimiento de la normativa, sino que también proporciona tranquilidad tanto para el propietario como para los huéspedes.
Este artículo es una guía completa para quienes desean obtener la licencia turística en Cuenca, desde la normativa vigente hasta los registros obligatorios en los sistemas autonómicos.
La experiencia directa en la gestión integral de este tipo de trámites nos permite ofrecerte una visión clara y práctica para que puedas realizarlo sin complicaciones.
Normativa Actual para la Licencia Turística en Pontevedra
Para operar legalmente un apartamento turístico en Cuenca, es fundamental comprender el marco normativo vigente. Las regulaciones se encuentran bajo el paraguas de la Ley de Turismo de Castilla-La Mancha, y están complementadas por ordenanzas municipales específicas.
Requisitos generales
La ley autonómica establece que cualquier vivienda de uso turístico debe cumplir los siguientes requisitos:
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Estar amueblada y equipada para su uso inmediato.
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Disponer de ventilación directa al exterior o a patios ventilados.
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Cumplir con la normativa urbanística del municipio.
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Tener instalación eléctrica en condiciones y agua corriente.
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Disponer de hoja de reclamaciones y seguro de responsabilidad civil.
A lo anterior se le suma que, en caso de que el inmueble esté en una comunidad de propietarios, no debe existir prohibición expresa en los estatutos comunitarios para este tipo de uso.
Licencia de uso compatible
Otro aspecto crucial es que el uso como vivienda turística debe ser compatible con el planeamiento urbanístico municipal, lo que significa que debe estar permitido en la zona donde se encuentra el inmueble. Este punto se verifica a través del Ayuntamiento, como explicaremos en la sección de trámites municipales.
1. Aprobación expresa vecinal
Uno de los aspectos más controvertidos de la regulación turística es la afectación a la convivencia vecinal. Las comunidades de vecinos pueden jugar un papel clave en la autorización o veto de una vivienda de uso turístico.
Qué dice la normativa
Si bien no se exige siempre el consentimiento explícito de la comunidad, sí se establece que los estatutos de la comunidad no pueden contener cláusulas que lo prohíban.
Es decir, si el inmueble está ubicado en un edificio en régimen de propiedad horizontal, el propietario debe:
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Revisar los estatutos de la comunidad.
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Consultar actas de reuniones anteriores para verificar si se ha tratado este tema.
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Solicitar una junta de propietarios si se desea dejar constancia del consentimiento vecinal.
Conflictos y reclamaciones
En la práctica, muchos propietarios se enfrentan a quejas o reclamaciones de vecinos por molestias, ruidos u ocupación de zonas comunes.
Por eso, más allá de la legalidad, contar con el apoyo o al menos el conocimiento explícito de los vecinos puede prevenir conflictos futuros.
Nosotros en Bliss Homes siempre recomendamos establecer una comunicación fluida con la comunidad desde el primer momento. La tranquilidad a largo plazo lo merece.
2. Trámites y Permisos Municipales
Obtener la licencia turística no se limita a rellenar un formulario. Es un proceso que comienza en el Ayuntamiento y continúa con otros registros autonómicos.
Solicitud de compatibilidad urbanística
Lo primero que debe solicitarse es un informe de compatibilidad urbanística en el Ayuntamiento de Cuenca.
Este informe certifica que el uso como vivienda turística está permitido en la ubicación del inmueble. Para obtenerlo, es necesario presentar:
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Plano de situación del inmueble.
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Escritura o nota simple del registro.
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Fotografías del estado actual de la vivienda.
Licencia de actividad (si aplica)
Aunque las viviendas turísticas no siempre requieren licencia de actividad, hay casos en los que sí es necesaria, sobre todo si se prestan servicios adicionales como desayuno, limpieza diaria o recepción. El Ayuntamiento evaluará si se ajusta a la categoría de hospedaje o vivienda.
Informe técnico
En algunos casos, el Ayuntamiento puede requerir un informe técnico redactado por un arquitecto. Este documento verifica que la vivienda cumple con los requisitos técnicos y de habitabilidad establecidos por la normativa.
3. Declaración Responsable ante la Comunidad Autónoma
Una vez realizados los trámites municipales, el siguiente paso es presentar la declaración responsable ante la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
¿Qué es la declaración responsable?
Se trata de un documento mediante el cual el propietario declara, bajo su responsabilidad, que el inmueble cumple todos los requisitos exigidos para ser destinado al uso turístico.
Este documento tiene efectos inmediatos, es decir, una vez presentado, puedes empezar a operar sin necesidad de esperar una aprobación formal.
Sin embargo, la administración puede realizar inspecciones posteriores para verificar la veracidad de lo declarado.
Documentación necesaria
Para la presentación, es necesario aportar:
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Formulario oficial de declaración responsable.
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Copia del DNI del propietario.
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Escritura del inmueble o nota simple registral.
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Certificado de eficiencia energética.
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Seguro de responsabilidad civil.
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Justificante de haber realizado los trámites municipales previos.
Presentación telemática
La declaración se realiza preferentemente a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
4. Registro en SES.Hospedajes
El último paso, pero no menos importante, es el registro de la vivienda en la plataforma SES.Hospedajes, gestionada por la Dirección General de la Policía.
¿Qué es SES.Hospedajes?
Es el sistema estatal que permite a los propietarios de viviendas de uso turístico comunicar los datos de los huéspedes a las autoridades policiales, en cumplimiento con la legislación de seguridad ciudadana.
Cómo registrarse
Para completar el registro en SES.Hospedajes, debes:
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Obtener un certificado digital o Cl@ve PIN como persona física o jurídica.
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Acceder a la plataforma SES.Hospedajes del Ministerio del Interior.
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Solicitar el alta como establecimiento.
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Descargar el libro-registro de viajeros.
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Introducir los datos de los huéspedes en un plazo máximo de 24 horas desde su llegada.
Este proceso, aunque digital, puede ser confuso para quienes no están familiarizados con sistemas administrativos.
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