huesca-aragon-catedral-santa-maria

La obtención de una licencia turística en Jaén es un paso esencial para aquellos propietarios que deseen ofrecer su vivienda como alojamiento vacacional de forma legal y segura.

Este proceso garantiza que el inmueble cumple con los requisitos establecidos por la normativa andaluza y proporciona tranquilidad tanto al propietario como a los huéspedes. A continuación, se detallan los pasos y consideraciones clave para adquirir dicha licencia.

Normativa Actual para la Licencia Turística en Pontevedra

En Andalucía, las viviendas de uso turístico están reguladas por el Decreto 28/2016, de 2 de febrero, modificado por el Decreto 31/2024, de 29 de enero, y el Decreto-ley 1/2025, de 24 de febrero.

Estas normativas establecen los requisitos y procedimientos para la inscripción de viviendas en el Registro de Turismo de Andalucía.

Una vivienda de uso turístico se define como aquella que se ofrece, mediante precio, para alojamiento turístico de forma habitual y que cumple con las condiciones de habitabilidad y equipamiento necesarias.

Es importante destacar que, desde marzo de 2025, es obligatorio contar con la correspondiente licencia municipal o declaración responsable de cambio de uso que permita el destino turístico del inmueble antes de presentar la declaración responsable ante el Registro de Turismo de Andalucía.

1. Aprobación expresa vecinal 

A partir del 3 de abril de 2025, la modificación de la Ley de Propiedad Horizontal establece que es necesario obtener el consentimiento expreso de la comunidad de propietarios para establecer una vivienda de uso turístico en un edificio.

Esta aprobación debe contar con el voto favorable de al menos tres quintas partes de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación. 

Esta medida busca empoderar a los residentes y garantizar una convivencia armoniosa en las comunidades de vecinos, especialmente en zonas donde el auge de los alojamientos turísticos ha generado conflictos y encarecimiento de la vivienda.

2. Trámites y Permisos Municipales 

Antes de proceder con la inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía, es fundamental cumplir con los trámites y permisos municipales que habiliten el uso turístico del inmueble. Esto incluye.

Licencia de Ocupación o Cédula de Habitabilidad

Este documento certifica que la vivienda cumple con los requisitos de habitabilidad y seguridad establecidos por la normativa vigente.

Es expedido por el Ayuntamiento correspondiente y es un requisito indispensable para la inscripción en el registro turístico.

Compatibilidad Urbanística

Es necesario verificar que el uso turístico es compatible con la normativa urbanística del municipio.

Algunos ayuntamientos pueden requerir una declaración responsable de cambio de uso o una licencia específica que permita el destino turístico del inmueble.

Es recomendable consultar con el Ayuntamiento de Jaén o del municipio donde se ubique la vivienda para conocer los requisitos específicos y obtener la documentación necesaria.

3. Declaración Responsable ante la Comunidad Autónoma 

Una vez obtenidos los permisos municipales y la aprobación de la comunidad de propietarios, se debe presentar una declaración responsable ante la Delegación Territorial de la Consejería de Turismo, Rehabilitación, Justicia y Administración Local de Jaén.

Esta declaración implica que el propietario manifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos por la normativa para ejercer la actividad turística.

La presentación de la declaración responsable se realiza a través de la oficina virtual de la Junta de Andalucía y requiere el uso de un certificado digital.

La documentación necesaria incluye:

  • Datos del propietario y del inmueble.

  • Licencia de ocupación o cédula de habitabilidad.

  • Planos del inmueble, si fueran requeridos.

  • Descripción del alojamiento y de los servicios ofrecidos.

  • Seguro de responsabilidad civil que cubra posibles daños a los huéspedes.

Una vez presentada la declaración responsable, se otorga un código de inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía, esencial para iniciar la actividad.

4. Registro en SES.Hospedajes

Además de la inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía, es obligatorio registrar a los viajeros que se alojen en la vivienda turística en el Sistema de Expedientes de Seguridad (SES.Hospedajes).

Este sistema permite a las autoridades de seguridad llevar un control de los alojamientos turísticos y garantizar la seguridad ciudadana.

El registro en SES.Hospedajes requiere:

  • Darse de alta como establecimiento en el sistema.

  • Registrar los datos de los viajeros en un plazo máximo de 24 horas desde su llegada.

  • Conservar los partes de entrada de viajeros durante un periodo determinado, según la normativa vigente.

Es importante cumplir con esta obligación para evitar sanciones y contribuir a la seguridad de los huéspedes y de la comunidad.

¿Necesitas ayuda con la aprobación de los vecinos, la declaración responsable o cualquier otro trámite?

En Bliss Homes, nos encargamos de todo el proceso, para que puedas alquilar tu vivienda con total tranquilidad y 100% legalidad. Contacta con nosotros y da el primer paso hacia tu alquiler vacacional en regla y una gestión integral.